Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el procedimiento de interrupción del embarazo con pastillas y por aspiración con analgésico y bloqueo paracervical?
El procedimiento con pastillas (medicamentos) se puede realizar a mujeres que tienen hasta 9 semanas de gestación y que hayan sido evaluadas como candidatas.
La interrupción con pastillas (medicamentos) inicia en el centro y lo terminas en la privacidad de tu casa. Puede llegar a tardar en finalizar hasta 14 días, a diferencia de la aspiración, que se lleva a cabo en el centro el mismo día.
¿Qué caracteriza el proceso de sedación consciente (sin dolor)?
En la interrupción sin dolor estarás con sedación consciente, lo que quiere decir que estarás despierta, pero no sentirás ninguna molestia durante el procedimiento; mientras que con el resto de procedimientos permanecerás despierta en todo momento, y dependiendo de la evaluación que el personal médico realice, se podrá emplear anestesia local.
¿Cuáles son los riesgos de la interrupción legal del embarazo?
Gracias a nuestra experiencia internacional y a que contamos con especialistas entrenados bajo estándares de la National Abortion Federation (NAF), los riesgos de la interrupción son mínimos.
Por aspiración pueden ser:
- Procedimiento fallido (menos del 1% de los procedimientos puede llegar a fallar). Sin embargo nosotras te garantizamos el procedimiento
Por medicamento puede ser:
- Procedimiento fallido (solamente del 2 al 5% de los procedimientos pueden llegar a fallar). Sin embargo nosotras te garantizamos el procedimiento
En ambos procedimientos, en menos del 1% de mujeres pueden presentar alguna complicación.
¿La interrupción del embarazo afecta la fertilidad?
No, no hay evidencia alguna de que una Interrupción Legal del Embarazo afecte la fertilidad en el futuro, ni de que tenga efectos sobre cualquier otro aspecto de salud general.
Si soy menor de edad, ¿puedo solicitar una interrupción legal del embarazo?
Recuerda que cada caso es diferente y único. Si necesitas ayuda personalizada, puedes mandarnos un WhatsApp. La ley te apoya.
Además, gracias a la “MODIFICACIÓN de los puntos 6.4.2.7, 6.4.2.8, 6.6.1 y 6.7.2.9 de la Norma Oficial Mexicana NOM-190-SSA1-1999, Prestación de servicios de salud. Criterios para la atención médica de la violencia familiar, para quedar como NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención, publicada el 16 de abril de 2009”. Publicada en el DOF el 23/03/2016; En caso de embarazo por violación deberán prestar servicios de interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por ley, conforme a lo previsto en las disposiciones jurídicas de protección a los derechos de las víctimas, previa solicitud por escrito bajo protesta de decir verdad de la persona afectada de que dicho embarazo es producto de violación; en caso de ser menor de 12 años de edad, a solicitud de su padre y/o su madre, o a falta de éstos, de su tutor o conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
¿Qué es una clínica ILE?
¿Cuáles son las clínicas de aborto en la CDMX?
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